Claudia Franchesca de los Santos, directora del INTRANT.
El Instituto
Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) aclaró este lunes que los
4 años de caducidad de los neumáticos a que se refiere en la resolución No. 002-2019,
aplica únicamente a aquellos sin uso que se encuentren almacenados y que
transcurrido este tiempo desde la fecha de su fabricación y no hayan sido
instalados.
La información la
publica el periódico El Nacional y la
destaca TiempoNotiRD.
La institución que
regula en tránsito explicó que esta medida que prohíbe el uso e instalación en
los vehículos de motor de neumáticos no aptos para la circulación en las vías
públicas del territorio nacional no aplica para los neumáticos que se
encuentren ya en uso y que estén aptos para la circulación en las vías.
Además, precisa
que sobre las disposiciones contenidas en el documento con fecha del 25 de
febrero de este añ referentes al recauchutado de neumáticos, todos los
vehículos pueden utilizarlo siempre que estén en condiciones aptas para la
circulación en las vías.
El INTRANT indicó
que la presión de inflado, pueden variar en función de características tales
como, si el vehículo lleva o no carga, así como la cantidad de neumáticos con
que cuenta la unidad de acuerdo a las especificaciones del fabricante.
La aclaraciones
fueron hechas luego que algunas duras entre los sectores involucrados sobre las
disposiciones.
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