El Tribunal Superior Electoral (TSE)
llamó hoy al Tribunal Constitucional a cambiar su precedente de apoderar al
Tribunal Superior Administrativo para conocer asuntos electorales que le han
sido remitidos.
El presidente del TSE, Román Jáquez Liranzo, cree que no es
atribución del Tribunal Superior Electoral conocer asuntos del ámbito
electoral.
“Esperamos que el Tribunal Constitucional pueda variar en un
futuro sus decisiones, que son los llamados precedentes, lo que queremos es
aclararle la competencia al Tribunal Superior Electoral en ese sentido, y en
segundo lugar que el Tribunal Constitucional reflexione sobre las cuestiones
planteadas”, precisó.
El Tribunal Constitucional ha interpretado que actos de la Junta
Central Electoral son actos administrativos ordinarios y que son competencia
del Tribunal Superior Administrativo, lo que es refutado por Jáquez Liranzo,
quien además de presidente del más alto organismo electoral, es director de la
Escuela de Derecho de la Universidad Católica de Santo Domingo.
“Nosotros somos de la tesis de que todo acto de la Junta Central
Electoral en ocasión del proceso antes y después son actos electorales, por lo
cual cuando se impugna o se ataca se convierte en algo contencioso electoral,
que debe ser de la competencia exclusiva del Tribunal Superior Electoral”,
precisó Jáquez.
Precedente
Uno de esos precedentes del TC se produjo cuando la Junta Central Electoral
negó reconocer el Partido Opción Democrática, de Minou Tavárez Mirabal,
decisión ratificada por el Tribunal Superior Electoral , y al ser recurrir ante
el Tribunal Constitucional, éste estableció que es reconocimiento del partido,
no era del ámbito electoral, sino un acto ordinario.
“ Lo que mandamos es a que se sopese las atribuciones sobre la
competencia de lo contencioso electoral y que los actos de la JCE puedan tener
dos tipos: actos administrativos ordinarios, entiéndase una licitación para
compra de computadoras, un problema con un empleado, eso es administrativo,
pero todo lo que la Junta haga antes o después de las elecciones son actos
electorales que deben ir por la especialización, por la separación de funciones
al órgano especializado y natural que es el Tribunal Superior Electoral, y no a
un tribunal ordinario administrativo.
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