Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), que dirige el Doctor Alejandro Herrera.
El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) emitió una aclaración,
explicando que las limitaciones para volar chichiguas, operaciones de saltos de
paracaídas, paracaídas adheridos a botes, chichiguas, aeronaves no tripuladas,
cohetes, fuegos artificiales y/o cualquier otro objeto que no constituya una
aeronave establecida en la ley 491-06, es cuando esos objetos representen un
obstáculo a la navegación aérea.
La información la envía a
TiempoNotiRD la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas del IDAC.
Cuando esos objetos voladores,
identificados en la sección XI relativo a prohibiciones en el artículo 152
literal l) de la ley 491-06, obstaculicen la
navegación aérea es cuando requieren la aprobación previa
del titular del IDAC.
“Las operaciones de saltos de paracaídas, paracaídas adheridos a botes,
chichiguas, aeronaves no tripuladas, cohetes, fuegos artificiales y cualquier
otro objeto que no constituya una aeronave que se eleve o que atraviese el
espacio aéreo del país, cuando pudiesen constituir, en movimiento o fijo, un
obstáculo a la navegación aérea, a menos que obtengan una aprobación previa del
director o directora general”, se cita en la Ley de la Aviación Civil.
Las explicaciones de la Dirección de Comunicaciones del IDAC se ofrecen
en razón de varias publicaciones periodísticas en las que se afirma que volar
chichiguas requiere de una autorización.
“La ley explica las circunstancias en
las que se requiere de la aprobación para operar objetos que no constituyan
aeronaves y que sean obstáculo a la navegación aérea”, se precisa en la nota.
En el despacho periodístico del IDAC se hace cita del Reglamento Aeronáutico
Dominicano RAD 101 en el que se establecen otras limitantes al vuelo de globos
fijos o chichiguas, entre ellas volar esos artefactos dentro de los diez (10)
kilómetros próximos a un aeródromo o por encima de los 500 pies de altura.
Cualquier cometa (chichigua) que pese más de 5 libras (2.26 Kg) y su
propósito sea remontarlo o volarlo sujeto al extremo de una cuerda o un cable.
Esta semana se recibieron en el
Instituto Dominicano de Aviación Civil comunicaciones de las empresas
distribuidoras de electricidad (EDES) solicitando la intervención del organismo
rector de la aviación para la regulación y
control del uso de las cometas (chichiguas) en zonas cercanas a redes de
transporte y distribución de electricidad.
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