Advierte al órgano electoral que “solo una norma con rango de ley puede definir faltas administrativas e imponer cargos
La entidad de la sociedad civil hizo su advertencia a través de su vocero, Servio Tulio Castaños Guzmán, al fijar su posición ante el debate jurídico surgido en torno al régimen sancionador de la JCE frente a la publicación de las encuestas electorales.
Resaltó que los artículos 40.15 y 69.7 de la Constitución; y 4 de la Ley 107-13 de Procedimiento Administrativo, establecen que “solo una norma con rango de ley puede definir faltas administrativas e imponer cargos”.
Agregó que, además, la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral “únicamente establece la prohibición de publicar y difundir sondeos dentro de los ocho (8) días anteriores a las elecciones”, dejando abierta la publicación fuera de ese período.
Castaños Guzmán sostuvo que “exceder ese marco legal vulnera el debido proceso y la seguridad jurídica del Estado de Derecho”.
la investigación de la JCE
En un comunicado reciente emitido a través de la secretaría general, la JCE inició formalmente el procedimiento administrativo sancionador electoral contra la empresa AC Media, con una investigación sobre la divulgación de dos encuestas sobre la intención del voto y el índice de simpatía partidaria publicada entre en junio del año en curso, de cara a las elecciones presidenciales del año 2028.

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